Sentencia del
Tribunal Supremo de 3 de septiembre de 2014 (D. Joaquín Giménez García).
Segundo.- (...) En resumen en el factum se dice con
claridad y contundenciameridianas que el recurrente, Clemente, valiéndose de su
puesto directivo en tales empresas y con la exclusiva finalidad de conceder una
prestaciónmensual a militantes de su partido, sin contraprestación alguna
simuló unoscontratos --en el primer caso de forma verbal-- para dar una
apariencia de legalidad a lo que era solo la expresión desnuda de la voluntad
de los recurrentes de obtener un ilícito enriquecimiento a cargo del
correlativo empobrecimiento del erario municipal.
En la medida en que el recurrente sostiene la legalidad
de la contratación efectuada, la ausencia de arbitrariedad y la justicia de sus
decisiones se está incurriendo en causa de inadmisión de los tres motivos
estudiados, causa de inadmisión, que opera en este momento como causa de
desestimación.
La sentencia sometida al presente control casacional en
el f.jdco. segundo, justifica la concurrencia de todos y cada uno de los
elementos queintegran el delito de prevaricación administrativa .
La condición de autoridad o funcionario público del
sujeto activo del delito --en este caso de Clemente -- ni siquiera ha sido
cuestionada, basta recordar que a la sazón era Teniente de Alcalde del
Ayuntamiento, se trata de un delito especial propio, solo de posible comisión
por quien debe la condición de autoridad o funcionario público. En relación a
los otros dos condenados y recurrentes -- Inocencio y Roberto -- es claro que
no tienen tal condición, lo que no es óbice para que de acuerdo con el art. 28
del Cpenal, como tales "extraneus" puedan ser no autores materiales
del delito de prevaricación, pero sí autores por cooperación necesaria como así
les califica la sentencia recurrida, siendo unánime la jurisprudencia de esta
Sala en relación a la punición del extraneus. En tal sentido, SSTS 1493/1999;
501/2000 ó 627/2006, entre otras, bien que de acuerdo con el art. 65 del Cpenal
incurran en una penalidad inferior "....los jueces o Tribunales podrán
imponer la pena inferior en un grado...." .
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