Sentencia del Tribunal Supremo (1ª) de 2 de abril de 2024 (D. JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG).
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PRIMERO.- Antecedentes
relevantes
A los
efectos decisorios del presente recurso partimos de los siguientes antecedentes
relevantes:
1.º- El día 23 de julio
de 2012, D.ª Estefanía, con ocasión de pilotar el vehículo F-....-Q, por el
caso urbano de Aguilar de Campoo, chocó con los pilares de un edificio.
2.º- Como consecuencia
de la referida colisión, su marido, que la acompañaba, resultó con lesiones
traumáticas que desembocaron, apenas pasados tres meses, en su fallecimiento,
el 28 de octubre de 2012.
3.º- No fue objeto de
discusión en el proceso que D.ª Estefanía fuera la causante responsable del
siniestro.
4.º- El referido
vehículo contaba con seguro obligatorio, concertado con la compañía aseguradora
Pelayo, que cubría la responsabilidad del conductor del vehículo frente a
terceros.
5.º- En la demanda
reconvencional deducida por D.ª Estefanía y los hijos del matrimonio, aquella
pidió que se condenara a Pelayo a que le abonara la indemnización
correspondiente a los perjuicios que le había causado la muerte de su cónyuge.
6.º- Seguido el
procedimiento, en todos sus trámites, el Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de
Palencia acogió la referida petición y, entre otros pronunciamientos, condenó a
Pelayo a que abonara a D.ª Estefanía una indemnización cifrada en 83.594,11 €,
en concepto de fallecimiento de cónyuge mayor de sesenta y seis años.
7.º. Interpuesto
recurso de apelación, por la compañía aseguradora, se dictó sentencia por la
Audiencia Provincial de Palencia, que confirmó la pronunciada por el juzgado.
8.º- Contra dicha
resolución se interpuso recurso de casación por la compañía de seguros.